Ayudas a la Rehabilitación Urbana » Solicitud de ayudas
Procedimiento

La Ordenanza Municipal de Fomento a la Rehabilitación Urbana, incluye el procedimiento de solicitud de las ayudas en su capítulo VII, artículo 34 y siguientes. Las solicitudes presentadas para la concesión de ayudas económicas y técnicas serán tramitadas por la Sociedad Municipal Zaragoza Vivienda SLU, en su condición de órgano gestor de las ayudas reguladas por esta Ordenanza, de acuerdo con lo establecido en la legislación vigente de Régimen Local.

Las Solicitudes de Información técnica sobre ayudas a la rehabilitación, podrán presentarse en las dependencias de la Unidad de Información y Atención al Ciudadano/a de Zaragoza Vivienda en los horarios habituales de atención al público.

Las Solicitudes de Ayuda económicas a la rehabilitación podrán presentarse en las dependencias de la Unidad de Información y Atención al Ciudadano/a de Zaragoza Vivienda, en los horarios habituales de atención al público, entre el primer día laborable del mes de febrero y el último del mes de noviembre, de cada año

Tras la fase de ayuda técnica, si el informe técnico es favorable, podrá solicitarse la ayuda económica aportando la siguiente Documentación:

- Documentación de carácter general:
La solicitud de subvención se presentará mediante Impreso de Solicitud de Ayudas normalizado elaborado por el órgano gestor debidamente cumplimentado, incorporando la documentación siguiente:

  1. Documentación que acredite la personalidad del solicitante
  2. Datos del emplazamiento para el que solicita la subvención.
  3. Memoria que contenga descripción detallada de las obras a realizar, adjuntando la documentación técnica exigida por esta Ordenanza, según el tipo de intervención de rehabilitación a realizar, emplazamiento o tipo de gestión solicitado, en su caso.
  4. En el caso de obras comunes, copia de acuerdos comunitarios para realizar las obras y designación de representante, relación de propietarios/as y distribución de gastos indicando coeficientes de participación de cada finca en las actuaciones de rehabilitación sobre cada actuación de rehabilitación en elementos estructurales o funcionales y cuenta corriente comunitaria donde ingresar la subvención.
  5. Fotocopia de presupuestos de las obras detallados por capítulos y desglosados por partidas, con indicación de las unidades y de los precios unitarios y de la solicitud de Licencia Municipal de Obras o la propia Licencia.
  6. En su caso, fotocopia del con­trato y carta de pago de los honorarios facultativos.

- Documentación de carácter particular:

En los casos de actuaciones de rehabilitación de habitabilidad de viviendas o unifamiliares  se presentará con la documentación de carácter general de Solicitud de Ayudas la documentación siguiente:

  1. Fotocopia del documento nacional de identidad o código de identificación fiscal en el caso de personas jurídicas.
  2. Justificación de domicilio habitual y permanente, adjuntando obligatoriamente Volante o Certificado Municipal de Empadronamiento colectivo del propietario/a y del resto de integrantes de la unidad de convivencia.
  3. Nota simple actual del Registro de Propiedad o fotocopia de escritura o documento privado de compraventa, contrato de arrendamiento o docu­mento que justifique la titularidad de la vivienda.
  4. Justificación de ingresos económicos de todos/as los integrantes de la unidad de convivencia mayores de edad, mediante copia completa de declaraciones de Impuesto sobre la renta de las personas físicas (IRPF) del ejercicio fiscal vigente y certificados en su caso, de ingresos no contributivos (pensiones no contributivas, ayudas, etc.).
  5. Se entenderán como ingresos de la unidad de convivencia, los ingresos ponderados obtenidos por el beneficiario/a y demás componentes de la unidad familiar en el año anterior al de la solicitud de las ayudas. Constituyen la unidad de convivencia, todos los ocupantes de la vivienda objeto de vivienda habitual, con independencia de que exista entre los mismos relación de parentesco.
  6. Tanto para Personas Físicas como para Personas Jurídicas cuya subvención pueda superar los 3.000 euros, se exigirá acreditar estar al corriente de pagos de todas las obligaciones fiscales con el Ayuntamiento de Zaragoza y con las demás Administraciones Públicas.

Las actividades de instrucción incluirán la revisión de las solicitudes y la documentación que las acompañe, pudiendo requerir la subsanación de las posibles deficiencias que se aprecien en un plazo de 10 días, con el apercibimiento de tenerles por desistidos de su petición y archivo del expediente en caso de incumplimiento, de acuerdo con lo previsto en la Ley 30/1992 de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

La concesión provisional de las subvenciones otorgadas será comunicada a el/la solicitante por la Sociedad Municipal Zaragoza Vivienda SLU,  así como las condiciones específicas en las que se conceden y normas a seguir por el beneficiario o beneficiaria.

Previamente a la Concesión Definitiva, los Servicios Técnicos del órgano gestor podrán inspeccionar las obras realizadas, al objeto de comprobar la conformidad de su ejecución. Advertidas deficiencias subsanables, se comunicará al titular de la actuación, el plazo y condiciones necesarias para proceder a la subsanación.

Comprobada la conformidad de las obras y de la documentación exigible, el Consejo de Administración de la Sociedad Municipal Zaragoza Vivienda SLU, ratificará en su caso, la Concesión Definitiva de las ayudas,  a propuesta del Director Gerente, que se comunicará al beneficiario/a iniciándose el procedimiento de pago.

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