|
Ayudas a la Rehabilitación Urbana » Solicitud de ayudas
Tipos de Ayudas
AYUDAS TÉCNICAS
Podrán ser del siguiente tipo:
- Asesoría general: consiste fundamentalmente en el asesoramiento sobre la aplicación de la presente Ordenanza.
- Asesoría técnica sobre la edificación previa a la rehabilitación: consistirá en la emisión de informes técnicos con indicación de las obras o actuaciones que se estimen necesarias para acceder a las ayudas económicas o aquellas otras que resulten aconsejables en función del estado del edificio o de la vivienda.
Es requisito imprescindible que las obras no se hayan iniciado con anterioridad a la visita técnica oficial, salvo casos de urgencia declarada acreditada documentalmente, tal y como se indica el Art. 2 de esta Ordenanza.
- Coordinación Institucional: colaboración con El Gobierno de Aragón en la tramitación de las ayudas económicas otorgadas por esta institución dentro del amparo de las áreas de rehabilitación integrada (ARI) y fomentar, la máxima coordinación posible entre las distintas Administraciones Públicas con competencias en la materia así como con los organismos públicos cuya aportación de datos sea necesaria para formalizar las solicitudes de las ayudas.
AYUDAS ECONÓMICAS
Tienen la condición de subvenciones a fondo perdido:
- A la ejecución de las obras
- Al proyecto y dirección técnica
- A los demás gastos susceptibles de incluirse en el presupuesto protegido.
Estas ayudas se solicitarán mediante elcorrespondiente impreso de Solicitud de Ayudas a la Rehabilitación que determine el órgano gestor de las ayudas, si se ha obtenido informe técnico favorable previo (fase de ayuda técnica) La cuantía de la subvención a fondo perdido, será la que resulte de aplicar los porcentajes contenidos en losartículos 28 y 29, dependiendo del emplazamiento y tipo de actuaciones, al Presupuesto Protegido de las obras:
- a) de adecuación de edificio (estructurales y funcionales).
- b) de adecuación de habitabilidad.
- c) de urbanización o dereurbanización, en Áreas de Rehabilitación Integral, Áreas de Rehabilitación de Centro Histórico o Áreas de Rehabilitación Preferentes Municipales.
- d) de remodelación o de reestructuración, en Áreas de Rehabilitación Integral y Áreas de Rehabilitación de Centro Histórico.
Estas cuantías, tendrán, en todos los casos, los límites máximos totales que se señalan en los artículos 28 y 29.
Nota: Estas ayudas son compatibles con cualesquiera otras que tramiten otros organismos o Administraciones Públicas
|
|
» Tipos de ayudas
|